El Consejo de Universidad

Misiones
Las misiones del Consejo de Universidad consisten en:

  • Promover y mantener un alto nivel intelectual, de docencia y de investigación en el seno de la Universidad conforme a las misiones de ésta ;
  • Proponer los requisitos de admisión de los estudiantes, los programas de docencia e investigación, la naturaleza de los títulos a conceder y las condiciones de obtención de los títulos ;
  • Atribuir en el presupuesto de la universidad las becas de estudio, las becas para los estudiantes de Máster, los Doctorandos y los Investigadores Posdoctorales y los premios ;
  • Decidir sobre la apertura de especialidades de docencia ;
  • Fijar las tasas de inscripción y los derechos de escolaridad ;
  • Proponer al CA discernir sobre los diplomas y títulos honoríficos, especialmente los doctorados honoris causa.   

A propuesta del comité de títulos, el Presidente confiere a los estudiantes que hayan satisfecho las exigencias académicas en vigor, los Títulos de Grado, de Ingeniero, de Máster y de Doctorado, así como todo otro título preparado en el seno de la Universidad.
     Los títulos citados en los párrafos precedentes se firman conjuntamente por el Presidente de la Universidad y el Decano de Facultad o Director del Establecimiento , de los programas, del instituto o del centro involucrados.   


Miembros del CU
El Consejo de Universidad está presidido por el Presidente de la Universidad. Está compuesto por :

  • los vicepresidentes de la Universidad ; 
  • el decano o director de cada centro  y entidad de la Universidad ;
  • tres profesores titulares pertenecientes a los Centros de la Universidad elegidos por sus pares y  por un mandato de tres años renovable ; 
  • un representante del personal administrativo y técnico de cada Centro de la Universidad elegido por sus pares por un mandato de tres años renovable ;
  • un representante de los estudiantes de cada ciclo de estudios de Grado, Máster, Ingeniero y Doctorado por una duración de dos años y no renovable ;
  • eventualmente, miembros externos del mundo académico, socioeconómico y político.  

El Presidente de la Universidad puede convocar, a título consultivo, a toda personalidad del mundo científico y del  mundo de los negocios con notoriedad nacional o internacional en su área, cuya presencia se considere de utilidad, para participar en las reuniones de dicho Consejo, especialmente en las cuestiones relativas a los grandes ejes estratégicos en materia de docencia y de investigación-desarrollo, de partenariados de referencia para la Universidad y del ingreso de la Universidad en las redes nacionales e internacionales de los sectores relacionados con el Objeto y/o 
las misiones de la Universidad.